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Artículo 50 del Decreto Ley 626

Sustituye a contar del 1° de enero de 1974, la ubicación en la escala unica de sueldos de los personales de los servicios que indica.- otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6237 / 9056836.

Texto oficial

MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA JUSTICIA Artículo 50°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 8°, del decreto ley N° 295, publicado en el Diario Oficial el 31 de Enero de 1974, modificado por el artículo 58 del decreto ley N° 316, del 18 de Febrero de 1974, que fijó la ubicación del personal de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia, en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 8°.- Fíjase para los trabajadores de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: -------------------------------------------------------- Nombre del Cargo Grado de la Escala Unica -------------------------------------------------------- PLANTA DIRECTIVA, PROFESIONAL Y TECNICA Jefe Administrativo 2ª Cat. 5 Jefe Depto. Asesor 2ª Cat. 5 Asesor Legislativo 2ª Cat. 7 Director Of, de Planificación y Presupuesto 2ª Cat. 5 Abogados 3ª Cat. 8 Asesor de Estudios 3ª Cat. 9 Experto en Planificación 3ª Cat. 11 Abogados 4ª Cat. 11 Asesor de Estudios 4ª Cat. 13 Ayudante Asesor Legislativo 4ª Cat. 15 Jefe de Sección y Oficina 5ª Cat. 11 Jefe de Sección y Oficina 6ª Cat. 13 Jefe de Oficina Gr. 1° 16 Taquígrafos Dactilógrafos Gr. 1° 17 Experto en Planificación Gr. 1° 17 Asesor de Estudios Gr. 1° 18 Secretarios Dactilógrafos Gr. 6° 19 Para desempeñar los cargos de Asesor de Estadios grado 9° y Experto en Planificación grado 11° se requerirá estar en posesión del título profesional universitario. Para desempeñar el cargo de Asesor de Estudios grado 13 y de Ayudante Asesor Legislativo se requerirá acreditar 8 años de experiencia en la Administración Pública o título profesional universitario. PLANTA ADMINISTRATIVA Oficiales 5ª Cat. 19 Oficiales 6ª Cat. 21 Oficiales 7ª Cat. 23 Oficiales Gr. 1 25 Oficiales Gr. 2 29 El o los cargos de Oficiales grado 29° se transformarán en grado 31° a medida que vayan quedando vacantes. PLANTA DE SERVICIOS Mayordomo 7ª Cat. 25 Auxiliar Gr. 1 27 Auxiliar Gr. 2 29 Auxiliar Gr. 3 31 El o los cargos de Auxiliares grado 31° se transformarán en grado 35 a medida que vayan quedando vacantes.