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Artículo 77 del Decreto Ley 626

Sustituye a contar del 1° de enero de 1974, la ubicación en la escala unica de sueldos de los personales de los servicios que indica.- otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6237 · idParte: 9056863

Texto oficial

OFICINA DE PRESUPUESTOS DEL MINISTERIO DE TIERRAS Y COLONIZACION Artículo 77°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 14 del decreto ley N° 295, publicado el 31 de Enero de 1974, modificado por el artículo 2° del decreto ley N° 361, de 16 de Marzo de 1974, que fijó la ubicación del personal de la Oficina de Presupuestos, dependiente del Ministerio de Tierras y Colonización, por el siguiente: "Artículo 14°.- Fíjase para los trabajadores de la Oficina de Presupuestos, dependientes del Ministerio de Tierras y Colonización de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249 de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: -------------------------------------------------------- Grado de la Nombre del Cargo Escala Unica -------------------------------------------------------- PLANTA DIRECTIVA Contador Jefe 1ª Cat. 7 Contador Subjefe 4ª Cat. 10 PLANTA PROFESIONAL Y TECNICA Contador Analista II 13 Contador IV 18 Contadores V 19 El o los cargos de Contador Analista grado 13 se transformarán en grado 15 a medida que vayan quedando vacantes. PLANTA ADMINISTRATIVA Oficial de Presupuestos A 19 Oficial de Presupuestos B 22 Oficial de Presupuestos C 24 Oficial de Presupuestos E 27 El o los cargos de Oficial de Presupuestos grado 27 se transformarán en grado 31 a medida que vayan quedando vacantes. PLANTA DE SERVICIOS Auxiliar D 27 Auxiliar Gdo. 3° 29 El o los cargos de Auxiliar grado 29 se transformarán en grado 35 a medida que vayan quedando vacantes.