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Artículo 1 transitorio del Decreto Ley 638

Sobre organizacion y atribuciones del consejo de defensa fiscal.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6246 / 9035750.

Texto oficial

Artículo 1.o Las causas de hacienda cuyo conocimiento se encuentra actualmente pendiente ante los jueces letrados de departamentos que no sean asiento de una Corte de Apelaciones, continuarán tramitándose ante los Tribunales en que estuvieren radicadas, y la representacion y defensa del Fisco seguirá a cargo de los Promotores fiscales y demas funcionarios que hoi la tienen.