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Artículo 1 del Decreto Ley 639

Reemplaza el articulo 6° del decreto-ley n° 476, de 23 de agosto del presente año, que convoca a elecciones de un congreso constituyente

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6247 / 8256475.

Texto oficial

Artículo 1.o Reemplázase el artículo 6.o del decreto-ley número 476, de 23 de Agosto del presente año, por el siguiente: "Art. 6.o Las elecciones de Presidente " de la República se verificarán conjuntamente con las de " Congreso Constituyente, pero en cédula separada".