Texto oficial
Art. 3.o El presente decreto-ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Reemplaza el articulo 6° del decreto-ley n° 476, de 23 de agosto del presente año, que convoca a elecciones de un congreso constituyente
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6247 / 8256477.