Texto oficial
Artículo 1°.- Las Empresas de la Gran Minería de Cobre constituidas por la Compañía de Cobre Chuquicamata, Compañía Minera Exótica, Compañía de Cobre Salvador y Sociedad Minera El Teniente, y la Compañía Minera Andina- en adelante las Empresas - operarán en sus actividades financieras ajustadas al sistema presupuestario que se establece en este cuerpo legal, sin perjuicio de que en las materias no previstas en él rijan las normas de contabilidad y presentación de balances establecidas en la legislación vigente.