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Artículo 13 del Decreto Ley 645

Fija regimen cambiario y presupuestario a las empresas de la gran minería del cobre

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6252 / 8989996.

Texto oficial

Artículo 13°- Los excedentes que se produzcan al término de cada ejército, en el Presupuesto Especial de la Corporación del Cobre deberán ser ingresados a rentas generales de la Nación.