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Artículo 1 del Decreto Ley 679

Establece normas sobre calificacion cinematografica

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6280 · idParte: 9035784

Texto oficial

1.- DEL CONSEJO DE CALIFICACION CINEMATOGRAFICA Y SUS FUNCIONES Artículo 1°.- Créase el Consejo de Calificación Cinematográfica, organismo técnico que dependerá directamente del Ministerio de Educación Pública a través de su Subsecretaría, y cuya misión será orientar la exhibición cinematográfica en el país y efectuar la calificación de las películas de acuerdo con las normas que en este decreto ley se establecen.