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Artículo 10 del Decreto Ley 679

Establece normas sobre calificacion cinematografica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6280 / 9035793.

Texto oficial

Artículo 10°.- El Consejo, al rechazar una película, deberá fundamentar su calificación, por escrito. La notificación del fallo del Consejo deberá hacerse al interesado en el domicilio que fijare en el momento de presentar el filme para su revisión.