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Artículo 1 del Decreto Ley 681

Crea premio nacional de historia, y declara que los premios de literatura, arte, ciencia y periodismo se regiran por las normas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6282 / 9089742.

Texto oficial

ARTICULO 1° Créase el "Premio Nacional de Historia" y declárase que los Premios de Literatura, Arte, Ciencia y Periodismo instituidos por las leyes 7.368, 11.479 y 16.746 se regirán por las normas establecidas en el presente decreto ley.