Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE CHAITEN
Artículo 52°.- Fíjase, a contar del 1° de enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Chaitén,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Planta de Empleados
Alcalde 18° 16°
Secretario Municipal 18° 19°
Planta de Obreros
Obrero 9° 30°
Chofer 10° 27°
Obreros 10° 32°
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.