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Artículo 54 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9056974.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE CHAÑARAL Artículo 54°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Chañaral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Alcalde 11° Planta Directiva, Profesional y Técnica Juez de Policía Local 6a Cat. 12° Secretario Municipal y de la Alcaldía Contador-Contralor 6a Cat. 12° Director de Aseo y Jardines 6a Cat. 14° Jefe de Rentas 6a Cat. 14° Director Obras Municipales 6a Cat. 14° Secretario Juzgado Policía Local 5a 19° Director de Tránsito 6a Cat. 15° Médico Psicotécnico 8° Ley 15.076 Planta Administrativa Oficial de Partes y Aydte. Secretaría 5° 19° Inspector de Aseo y Jardines 5° 19° Inspector de Patentes 5° 19° Inspector de Matadero 5° 19° Inspector de Tránsito 5° 19° Administrador de Mercado 5° 19° Auxiliar Ayudante 6° 23° Ayudante Bodeguero 14° 27° Mayordomo Servicios Municipales 14° 27° Bodeguero 6° 23° Choferes, Electricistas y Otros Electricista 5° 26° Mecánico 5° 26° Choferes 5° 26° Chofer 6° 28° Chofer 13° 30° Servicios Menores Capataz 12° 26° Mensajero 14° 32° Jornaleros Especializados Carpinteros 3° 26° Albañiles 3° 26° Gasfiter 3° 26° Jornaleros Ayudante de chofer 2° 26° Jornaleros 2° 28° Jornaleros 3° 30° Jornaleros 4° 31° Jornaleros 5° 32° El o los cargos de Alcalde grado 11° se convertirán en grado 12° al quedar vacantes. El o los cargos de Juez de Policía Local grado 12° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes. El o los cargos de Secretario Municipal y de la Alcaldía Contador Contralor grado 12° se convertirán en grado 14° al quedar vacantes. El o los cargos de Director Obras Municipales; Director de Aseo y Jardines y Jefe de Rentas grado 14° se convertirán en grado 15° al quedar vacantes. El o los cargos de Secretario Juzgado Policía Local grado 19° se convertirán en grado 20° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial de Partes y Ayudante Secretaría; Inspector de Aseo y Jardines; Inspector de Patentes; Inspector de Matadero; Inspector de Tránsito y Administrador de Mercado grado 19° se convertirán en grado 23° al quedar vacantes. El o los cargos de Auxiliar Ayudante grado 23° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes. El o los cargos de Ayudante Bodeguero grado 27° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes. El o los cargos de Bodeguero grado 23° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes. El o los cargos de Chofer grado 30° se convertirán en grado 33° al quedar vacantes. El o los cargos de Capataz; Carpinteros; Albañiles y Gásfiter grado 26° se convertirán en grado 28° al quedar vacantes. El o los cargos de Mensajero grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes. El o los cargos de Ayudante Chofer grado 26° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes. El o los cargos de Jornaleros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.