Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE CHEPICA
Artículo 55°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Chépica,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Planta de Empleados
Alcalde y Juez Policía Local 5° 15°
Secretario Municipal y
Alcaldía, Secretario Juzgado
Policía Local Adm. Teatro
Municipal y Habilitado 5° 18°
Inspector Municipal,
Patentes Tránsito y Aseo 11° 23°
Planta de Obreros
Obreros 7° 29°
Obreros 8° 31°
Obreros 10° 32°
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.