Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE FREIRINA
Artículo 71°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Freirina,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del
decreto-ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la
Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Alcalde 15
Secretario Municipal Gr. 10° 18
Secretario Alcaldía Gr. 11° 19
Inspector Municipal Gr. 12° 24
Chofer Gr. 15° 27
Chofer Gr. 17° 29
Obrero Gr. 4° 30
Obrero Gr. 5° 31
Obrero Gr. 6° 32
El o los cargos de Alcalde grado 15 se convertirán en
grado 16 al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario Municipal grado 18 se
convertirán en grado 19 al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario Alcaldía grado 19 se
convertirán en grado 21 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obrero grado 32 se convertirán en
grado 35 al quedar vacantes.