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Artículo 70 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9056991.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE FREIRE Artículo 70°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Freire, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto-ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Planta de Empleados Alcalde 14 Secretario Municipal y Alcaldía 6a. Cat. 17 Juez Policía Local Gr. 10° 15 Director Tránsito e Inspector Servicios varios Gr. 9° 19 Ayudante de Secretaría y Secretario Juez Policía Local Gr. 21 21 Planta de Obreros Chofer Jefe Taller Maquinarias Gr. 1° 25 Mayordomo Gr. 1° 25 Choferes Gr. 6° 28 Cuidador Cementerio Municipal Gr. 6° 29 Aseador Gr. 9° 30 Aseadores Gr. 10° 32 El o los cargos de Aseador grado 30° se convertirán en grado 31 al quedar vacantes. El o los cargos de Aseador grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.