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Artículo 81 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057002.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE HUALQUI Artículo 81°.- Fíjase, a contar de 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Hualqui, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Alcalde 15 Planta Directiva, Profesional y Técnica Juez de Policía Local 1° 16 Secretario Municipal y de Alcaldía 3° 18 Planta Administrativa Inspector Municipal y de Patentes 5° 21 Secretaria de Juzgado y Oficial de Oficina de Partes e Inf. 6° 22 Oficial Contable Habilitado 7° 25 Obreros Especializados Chofer 1° 25 Obreros no Especializados Obreros 1° 26 Obreros 2° 28 Obreros 5° 32 El o los cargos de Inspector Municipal y de Patentes grado 21° se convertirán en grado 23° al quedar vacantes. El o los cargos de Chofer grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes. El o los cargos de Obrero grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.