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Artículo 122 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057044.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE LLAY-LLAY Artículo 122°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Llay-Llay, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Planta Directiva, Profesional y Técnica Alcalde 3° 11 Secretaria Municipal, Alcaldía Jefe Control y Habilitado 3° 14 Juez Policía Local 3° 13 Director Tránsito, Secretario Juzgado Policía Local 4° 16 Director de Obras 10° 16 Veterinario Adm. Matadero 12° 16 Planta Administrativa Inspector Jefe Patentes Impuestos y Ferias 5° 19 Inspector Jefe Aseo, Matadero y Obras 5° 19 Oficial Secretaría 14° 25 Of. Secretaría Juzgado Policía Local 16° 27 Chofer Mecánico Chofer Jefe Taller 1° 25 Servicios Menores Mayordomo 1° 25 Portero 2° 30 Obreros Especializados Obreros Especializados Chofer 2° 25 Obrero Especializado Jardinero 3° 27 Obrero Especializado Gásfiter 3° 27 Obrero Especializado Jardinero 4° 29 Obrero Especializado Electricista 4° 29 Obreros Obreros 4° 26 Obreros 5° 28 Obreros 6° 30 Obreros 7° 31 Obreros 8° 32 El o los cargos de Alcalde grado 11 se convertirán en grado 12° al quedar vacantes. El o los cargos de Secretario Municipal grado 14° se convertirán en grado 15 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros Especializados grado 25 se convertirán en grado 26 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 26 se convertirán en grado 28 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 28 se convertirán en grado 29 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.