Saltar al contenido

Artículo 137 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057059.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE MOSTAZAL Artículo 137°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Mostazal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica. _______________________________________________________ Grado Escala Grado Municipal Escala Unica _______________________________________________________ PLANTA DE EMPLEADOS Alcalde 3° 14 Secretario Municipal 3° 17 Juez Policía Local 3° 15 Inspector Tránsito Patentes 3° 21 Administrador Cine Municipal 6° 23 Secretaría Juzgado Policía Local 6° 21 Oficial 1° del Juzgado 6° 23 Oficial 2° del Juzgado 7° 27 Planta de Obreros Obreros 1° 25 Obreros 2° 27 Obreros 3° 29 Obreros 4° 30 Obrero 5° 31 Obreros 6° 32 El o los cargos de Inspector Tránsito y Patentes grado 21° se convertirán en grado 23° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial 2° del Juzgado grado 27° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.