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Artículo 138 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057060.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE MULCHEN Artículo 138°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Mulchén, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica. _______________________________________________________ Grado Escala Grado Municipal Escala Unica _______________________________________________________ Planta Directiva, Profesional Alcalde 1° 13 Secretario Municipal y de Alcaldía 1° 16 Juez de Policía Local 1° 14 Direc. Depto. del Tránsito y Patentes 3° 17 Director Servicio de Aseo e Inspector Municipal 3° 17 Médico Veterinario y Adm. Matadero Municipal 9° 17 Director Obras Municipales 9° 16 Médico Gabinete Psicotécnico Ley 15076 Planta Administrativa Secretario Juzgado Policía Local 7° 19 Auxiliar de Secretaría 8° 23 Bibliotecaria Municipal 8° 23 Auxiliar de Matadero e Inspector Municipal 8° 23 Oficial 1° Juzgado Policía Local 11° 25 Planta de Servicios Menores Oficial de Sala 12° 28 Planta de Obreros Choferes 5° 27 Obreros 6° 29 Obreros 7° 31 Obreros 8° 32 El o los cargos de Secretario Juzgado Policía Local grado 19° se convertirán en grado 20° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial de Sala grado 28° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.