Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE PALENA
Artículo 155°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974 para los trabajadores de la Municipalidad de Palena, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Alcalde 16
Planta Administrativa
Secretario Municipal y de
la Alcaldía Gr. 8° 19
Planta de Obreros
Obrero Gr. 10° 30
El o los cargos de Obrero de grado 30 se convertirán en
grado 35 al quedar vacantes.