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Artículo 212 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA Artículo 212°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Rancagua, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Planta Directiva Alcalde 5° Director de Obras 5a. Cat. 8° Secretario Municipal 5a. Cat. 8° Juez de Policía Local 5a. Cat. 7° Secretario de Alcaldía 5a. Cat. 9° Director del Tránsito 6a. Cat. 10° Director de Aprovisionamiento 6a. Cat. 10° Director Sanidad Espect. Publ. Patente 6a. Cat. 10° Jefe Oficina del Personal 6a. Cat. 11° Jefe de Contabilidad y Control 6a. Cat. 10° Abogado Municipal 6a. Cat. 10° Jefe de Rentas y Habilitado 6a. Cat. 12° Director de Subsistencias 6a. Cat. 10° Director de Aseo 6a. Cat. 10° Planta Administrativa Asesor Urbanista 2° 10° Ayudante 1° Tránsito 3° 19° Administrador Estadio Plazas y Jard. 3° 19° Ayudante Director de Obras 3 19° Inspect. 1° de Patentes Comerciales 3 19° Inspector 2° Departamento Tránsito 3° 20° Ayudante 2° Dirección de Obras 3° 21° Secretaría Abogado Jdo. Policía Local 3° 9° Ayudante 3° Depto. del Tránsito 3° 23° Ayudante de Subsistencia 4° 23° Médico Gabinete Psicotécnico 5° Ley 15.076 Ayudante 2° Patentes Comerciales 5° 23° Oficial de Secretaría 5° 23° Ayudante 5° Dirección Tránsito 5° 23° Ayudante 4° Dirección de Obras 5° 23° Oficial 1° Jdo. de Policía Local 5° 21° Ayudante 4° Dirección del Tránsito 5° 23° Ayudante 5° Dirección de Obras 5° 24° Ayudante de Contabilidad y Control 5° 23° Ayudante 3° Dirección Patentes Comerciales 5° 23° Ayudante 3° Dirección de Obras 5° 23° Asistente Soc. del Personal Municipal 8° 18° Ayudante de Rentas 8° 25° Oficial 2° Jdo. de Policía Local 8° 25° Ayudante 4° Patentes Comerciales 9° 27° Oficial Casa de la Cultura 11° 29° Ayudante 6° Dirección del Tránsito 11° 29° Ayudante 6° Dirección de Obras 11° 29° Planta de Choferes, Electricistas y Otros Similares Mayordomo de Jardines 5 25° Choferes 5° 25° Mayordomo de Aseo 5° 25° Mecánico 5° 25° Electricista 5° 25° Planta de Obreros Obreros 1° 26° Obreros 2° 27° Obreros 3° 28° Obreros 4° 29° Obreros 5° 30° Obreros 6° 31° Obreros 8° 32° El o los cargos de Alcalde grado 5° se convertirán en grado 6° al quedar vacantes. El o los cargos de Secretario de Alcaldía grado 9°, y Jefe Oficina del Personal grado 11° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes. El o los cargos de Director del Tránsito, Director de Aprovisionamiento; Director Sanidad, Espect. Publ. Patente; Jefe de Contabilidad y Control, y Director de Subsistencia grado 10° se convertirán en grado 11 al quedar vacantes. El o los cargos de Ayudante de Subsistencias, Ayudante 2° Patentes Comerciales, Ayudante 5° Dirección Tránsito, Ayudante 4° Dirección de Obras, Ayudante 4° Dirección del Tránsito, Ayudante 3° Dirección Patentes Comerciales y Ayudante 3° Dirección de Obras grado 23° se convertirán en grado 24° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial 1° Juzgado de Policía Local grado 21° se convertirán en grado 22° al quedar vacantes. El o los cargos de Ayudante 5° Dirección de Obras grado 24° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial 2° Juzgado de Policía Local grado 25° se convertirán en grado 26° al quedar vacantes. El o los cargos de Ayudante 6° Dirección de Obras grado 29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes. El o los cargos de Mayordomo de Jardines, Choferes, Mayordomo de Aseo, Mecánico y Electricista grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.