Saltar al contenido

Artículo 220 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057143.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE RINCONADA Artículo 220°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Rinconada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Alcalde 17 Planta Empleados Secretario Municipal y Alcaldía 2° 20 Director del Tránsito, Inspector Municipal 5° 23 Planta Obreros Obrero 6° 29 Obrero 7° 31 El o los cargos de Obrero de grado 31 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.