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Artículo 240 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057163.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLAS. Artículo 240°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de San Nicolás, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto-Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------ Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Alcalde 16 Planta de Empleados. Secretario Municipal y de la Alcaldía 5° 19 Juez de Policía Local y Abogado Municipal 5° 17 Médico Jefe del Gabinete Psicotécnico 5a. Cat. Ley 15.076 Directora del Tránsito, Inspectora de Patentes y de Obras Municipales 7° 20 Secretario Juzgado Policía Local 7° 23 Oficial 1° Juzgado Policía Local 7° 24 Director Obras Municipales 7° 19 Mayordomo, Ordenanza, Portero, Jardinero y Operador Máquina motoniveladora 10° 25 Planta de Obreros. Obrero 2° 30 El o los cargos de Oficial 1° Juzgado Policía Local grado 24 se convertirán en grado 27 al quedar vacantes. El o los cargos de Mayordomo, Ordenanza, Portero, Jardinero y Operador Máquina motoniveladora grado 25 se convertirán en grado 28 al quedar vacantes. El o los cargos de Obrero de grado 30, se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.