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Artículo 253 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057176.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE TALTAL Artículo 253°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Taltal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Planta de Empleados. Alcalde 5° 15° Juez de Policía Local 5° 16° Director de Obras (Constructor Civil). 5° 17° Secretario Municipal, Alcaldía y Jefe Control 5° 17° Inspector Gral. de Patentes, Secretario Jdo. de Policía Local y Habilitado 9° 21° Inspector de los Servicios, Tránsito y Administrador del Matadero 9° 21° Chofer 12° 25° Bodeguero y Oficial de Inventario 14° 25° Auxiliar de Secretaría y Oficial de Partes del Juz. de Policía Local 14° 25° Planta de Obreros Chofer Mecánico, Jefe Mantención 1° 27° Obreros 3° 27° Obreros 4° 29° Obreros 5° 31° Obreros 6° 32° El o los cargos de Director de Obras, y Secretario Municipal grado 17° se convertirán en grado 18° al quedar vacantes. El o los cargos de Inspector de los Serv. Tránsito y Administrador del Matadero grado 21° se convertirán en grado 23° al quedar vacantes. El o los cargos de Bodeguero y Oficial de Inventario grado 25 se convertirán en grado 26° al quedar vacantes. El o los cargos de Auxiliar de Secretaría y Oficial de Partes del Jdo. de Policía Local grado 25° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.