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Artículo 267 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057190.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE VICTORIA Artículo 267°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Victoria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Alcalde Gr. 2° 12 Planta Directiva, Profesional y Técnica Secretario Municipal, Alcaldía 2° 14 y Director del Tránsito Juez de Policía Local 2° 13 Director de Obras Municipales 3° 14 Adm. (Veterinario) Matadero 3° 16 Planta Administrativa Secretaria Jdo. Policía Local 9° 19 Ayudante Dirección de Obras e Inspector 1° Alumbrado 9° 19 Adm. Mercado y Ayudante Administración Matadero 12° 22 Inspector Patentes y 1° Oficial de Secretaría 12° 22 Oficial de Secretaría 14° 24 Médico Psicotécnico Ley 15.076 Auxiliar Direc. Obras e Inspector 2° Alumbrado 16° 26 Bibliotecaria 18° 27 Oficial 2° Secretaría 18° 27 Ayudante 2° Adm. Matadero 19° 29 Personal Administrativo Chofer 6° 26 Chofer 7° 27 Mecánico 7° 27 Soldador Mecánico 7° 28 Personal de Servicios Menores Portero 4° 27 Mayordomos 6° 27 Obreros 6° 29 Mayordomo 7° 29 Jardinero 7° 29 Carpintero 7° 29 Obreros 7° 30 Obreros 10° 32 El o los cargos de Ayudante 2° Adm. Matadero grado 29, se convertirán en grado 31 al quedar vacantes. El o los cargos de Chofer grado 26, se convertirán en grado 27 al quedar vacantes. El o los cargos de Chofer grado 27, se convertirán en grado 29 al quedar vacantes. El o los cargos de Mecánico grado 27, Soldador Mecánico grado 28, se convertirán en grado 29 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 32, se convertirán en grado 35, al quedar vacantes.