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Artículo 1 transitorio del Decreto Ley 701

Fija regimen legal de los terrenos forestales o preferentemente aptos para la forestacion, y establece normas de fomento sobre la materia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6294 / 8701572.

Texto oficial

Artículo 1°- Facúltase al Ministro de Agricultura para que, mediante decreto supremo, pueda trasladar las funciones que este decreto ley asigna, en materia de Fomento Forestal, a la Corporación Nacional Forestal al organisto del sector agrícola que aquél estime conveniente.