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Artículo 3 del Decreto Ley 729

Modifica el articulo 86 de la ley n° 17.105

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6311 / 7125639.

Texto oficial

Artículo 3°.- Agréguese el siguiente inciso al artículo 104 de la ley N° 11.704: "El impuesto establecido en este artículo no se aplicará a las facturas o recibos correspondientes a consumos de gas o gas licuado, ni a las ventas de gas licuado de petróleo efectuadas directamente al consumidor".