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Artículo 9 del Decreto Ley 740

Crea el instituto de promocion de exportaciones de chile (prochile)

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6320 · idParte: 8990087

Texto oficial

Artículo 9°- El Secretario Ejecutivo del Instituto será el representante legal y Jefe Superior del Servicio, debiendo especialmente cumplir los siguientes cometidos: a) Ejecutar la política general y los programas de acción, de acuerdo a las directivas impartidas por el Consejo; b) Someter al Consejo la aprobación de los presupuestos, balances, plantas, nombramientos o remociones de personal; c) Ejercer las demás atribuciones que le encomiende el Consejo, el reglamento o que le sean delegadas. d) Delegar la representación que tiene del Instituto y las facultades que le hayan sido delegadas por el Consejo, en funcionarios superiores del Servicio.