Texto oficial
TITULO XI {ARTS.. 65-75}
Disposiciones jenerales
Art. 65. La jerarquía y precedencia de los empleados del servicio civil se establecen por el Grado, y, dentro de cada Grado, por la Clase, conforme a la situacion que cada funcionario tenga en el Escalafon Particular de cada Ramo o Servicio y en el Escalafon Jeneral.