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Artículo 10 del Decreto Ley 785

Aprueba presupuesto de la nacion para el año 1975

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6352 · idParte: 7125849

Texto oficial

Artículo 10°- La Dirección de Presupuestos propondrá al Ministro de Hacienda un programa de ejecución del presupuesto en el mes de Diciembre de 1974. Asimismo preparará programas trimestrales de gastos denominados Programas de Caja, donde fijará el nivel y prioridad de los mismos.