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Artículo 38 del Decreto Ley 785

Aprueba presupuesto de la nacion para el año 1975

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6352 · idParte: 7125877

Texto oficial

Artículo 38.o Los decretos a que se refiere el artículo 20° del presente D.L. podrán dictarse en el mes de Diciembre de 1974.