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Artículo 15 del Decreto Ley 786

Fija normas para los nombramientos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6353 / 8990135.

Texto oficial

Artículo 15°.- Prohíbese a los Servicios, Instituciones y Empresas del Sector Publico tomar en nuevos arriendos automóviles o station wagons sin la autorización previa del Ministerio de Hacienda.