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Artículo 203 (DEL ART 1) del Código Tributario

Código tributario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6374 / 8573557.

Texto oficial

Artículo 203.- El presente Código empezará a regir desde el 1° de Enero de 1975.