Texto oficial
ARTICULO 4° El Presupuesto de la Nación consultará anualmente las sumas necesarias para las remuneraciones del personal indicado en las Plantas a que se refiere el artículo 1° del presente decreto ley.
Fija nuevas plantas y establece ubicacion en la escala unica para los trabajadores de la secretaria ejecutiva para los asuntos de la asociacion latinoamericana de libre comercio
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