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Artículo 36 del Decreto Ley 889

Modifica regimen aduanero, tributario y de incentivos a la i, ii, iii, xi y xii region y a la actual provincia de chiloe

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6390 / 9089828.

Texto oficial

Artículo 36°.- Corresponderá al Servicio Nacional de Aduanas la fiscalización del cumplimiento de lo dispuesto en el inciso final del artículo 12 de este texto legal, tanto en lo que respecta a la I Región como a las XI Región y XII Región y a las provincias de Chiloé y Palena. Al efecto, el Servicio de Tesorería pondrá en conocimiento del Servicio Nacional de Aduanas las bonificaciones pagadas por aplicación de lo dispuesto en dicho inciso, con indicación de las fechas de ingreso e identificación de las mercaderías que hayan sido bonificadas.