Texto oficial
Artículo 2º.- La supresión de los cargos de las
Plantas Directivas de Oficiales Técnicos y Directivas de
Oficiales Administrativos, a medida que vayan vacando,
dispuestas por los artículos 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66,
67, 68, 69, 70 y 71 del D. L. Nº626 de 1974, operarán, a
contar de la fecha de vigencia de dicho decreto ley, en el
último cargo de cada planta, después de las promociones a
que dieren lugar las vacantes que se produjeren en los
demás cargos de dichas plantas.