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Artículo 13 del Decreto Ley 937

Crea plantas y establece normas para las secretarias regionales de planificacion y coordinacion

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6409 · idParte: 8990294

Texto oficial

Artículo 13°.- Créase el Comité Coordinador del Desarrollo Regional, el que será presidido por el Ministro del Interior, e integrado, además, por representantes de ese Ministerio, del Ministerio de Defensa Nacional, del Ministerio de Hacienda, de Odeplan y de la Comisión Nacional de la Reforma Administrativa. La organización, el régimen de funcionamiento y las facultades decisorias y asesoras que correspondan a este Organismo para el cumplimiento de sus tareas de Coordinación serán establecidas por decreto supremo del Ministerio del Interior.