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Artículo 8 del Decreto Ley 958

Concede bonificacion mensual que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6419 / 7126152.

Texto oficial

Artículo 8°- La bonificación mensual que se concede por el presente Título se aplicará a los trabajadores a que se refiere el artículo 11° del decreto ley N° 670, de acuerdo a las remuneraciones que les correspondieren en cada mes.