Texto oficial
Artículo 8°- La bonificación mensual que se concede por el presente Título se aplicará a los trabajadores a que se refiere el artículo 11° del decreto ley N° 670, de acuerdo a las remuneraciones que les correspondieren en cada mes.
Concede bonificacion mensual que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6419 / 7126152.