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Artículo 13 del Decreto Ley 958

Concede bonificacion mensual que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6419 / 7126157.

Texto oficial

Artículo 13°- Para determinar la procedencia de la bonificación respecto de los trabajadores a que se refieren los artículos 5°, 6°, 8°, 9° y 10°, los montos establecidos en el artículo 4° se reajustarán, en las oportunidades determinadas en el decreto ley 670, en los mismos porcentajes que correspondan de acuerdo a ese cuerpo legal.