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Artículo 30 del Decreto Ley 991

Establece normas para la tramitacion de decretos leyes

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6428 / 8256974.

Texto oficial

Artículo 30°.- La Secretaría de Legislación tomará las medidas necesarias para que los antecedentes relativos a la historia fidedigna del establecimiento de la ley se archiven en forma de permitir su consulta, que será pública excepto cuando se refieran a proyectos de Defensa Nacional o de carácter secreto o reservado.