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Artículo 10 del Decreto Ley 1006

Estatuto social de la empresa

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6440 · idParte: 8825974

Texto oficial

Artículo 10°.- En toda empresa deberán existir los mecanismos y sistemas que permitan a los trabajadores el ejercicio de su derecho a efectuar sugerencias y formular consultas. Dichas sugerencias y consultas deberán formularse en el nivel, departamento o sección en que se desempeñe el trabajador y, una vez analizadas por el supervisor inmediato se remitirán, conjuntamente con sus observaciones, a los responsables de los niveles administrativos que correspondan.