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Artículo 27 del Decreto Ley 1006

Estatuto social de la empresa

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6440 / 8825991.

Texto oficial

Artículo 27.o- La incorporación del representante laboral a los Directorios o Consejos aumentará en uno el número de miembros de que se componen con arreglo a los respectivos estatutos, pero no implicará alteración de las normas relativas a quórum que éstos determinen. En silencio de los estatutos se entenderá que el Presidente del Directorio o Consejo tiene la facultad de dirimir los empates que se produzcan en las votaciones que se realicen.