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Artículo 12 del Decreto Ley 1017

Introduce modificaciones a leyes tributarias que menciona

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6448 / 7126339.

Texto oficial

Artículo 12°- Las disposiciones del presente decreto ley regirán desde la fecha de su publicación, salvo las siguientes: a) Los artículos 1° y 2°, que regirán desde el 1° de Enero de 1975, y b) Los artículos 3° y 12°, que regirán desde el 1° de Marzo de 1975.