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Artículo 2 transitorio del Decreto Ley 1063

Aprueba ley orgánica de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6467 / 8966842.

Texto oficial

Artículo 2° Transitorio.- Mientras se dictan los reglamentos necesarios para la aplicación de la presente Ley Orgánica, se mantendrán los actualmente vigentes en lo que no se contrapongan con el presente decreto ley.