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Artículo 3 del Decreto Ley 1093

Instituye premio subteniente luis cruz martinez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6482 / 9036046.

Texto oficial

ARTICULO 3° El estudiante beneficiado perderá el derecho a la pensión de gracia si tuviere un rendimiento académico deficiente o adoptare una conducta inadecuada.