Texto oficial
Artículo 13 bis.- No obstante lo dispuesto en el
artículo 7° y sin perjuicio de las normas sobre secreto
bancario contenidas en el artículo 20 de la Ley General de
Bancos, la Superintendencia deberá proporcionar
informaciones sobre las entidades fiscalizadas al Ministro
de Hacienda y al Banco Central de Chile.
La Superintendencia dará también a conocer al
público, a lo menos tres veces al año, información sobre
las colocaciones, inversiones y demás activos de las
instituciones fiscalizadas y su clasificación y evaluación
conforme a su grado de recuperabilidad, debiendo la
información comprender la de todas las entidades referidas.
Podrá, también, mediante instrucciones de carácter
general, imponer a dichas empresas la obligación de
entregar al público informaciones permanentes u ocasionales
sobre las mismas materias.
Con el objeto exclusivo de permitir una evaluación
habitual de las instituciones financieras por firmas
especializadas que demuestren un interés legítimo, la
Superintendencia deberá darles a conocer la nómina de los
deudores de los bancos, los saldos de sus obligaciones y
garantías que hayan constituído. Lo anterior sólo
procederá cuando la Superintendencia haya aprobado su
inscripción en un registro especial que abrirá para los
efectos contemplados en este inciso y en el inciso segundo
del artículo 20 de la Ley General de Bancos. La
Superintendencia mantendrá también una información
permanente y refundida sobre esta materia para el uso de las
instituciones financieras sometidas a su fiscalización. Las
personas que obtengan esta información no podrán revelar
su contenido a terceros y, si así lo hicieren, incurrirán
en la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a
medio.
INCISO CUARTO._ DEROGADO.-
En todo caso, los bancos y sociedades financieras
deberán cumplir con la obligación que establece el
artículo 9° de la ley N° 18.045, sobre Mercado de
Valores, sea que sus acciones estén o no inscritas en el
Registro de Valores. En caso de incumplimiento de dicha
obligación, podrá proporcionar la información la
Superintendencia.