Texto oficial
ARTICULO 1° A partir del 29 de septiembre de 1975, la
unidad monetaria de Chile será el "peso" cuyo valor y poder
liberatorio será igual a un mil escudos de la moneda en
actual circulación. Su símbolo será la letra S
sobrepuesta con una o dos líneas verticales y se
antepondrá a su expresión numérica.
El submúltiplo del peso será el "centavo", cuyo valor
y poder liberatorio será igual a diez escudos de la moneda
en actual circulación.
Para expresar centavos en números, la cifra que enuncia
los pesos deberá ser seguida de una coma (,), anotándose a
continuación los centavos que correspondan.