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Artículo 6 del Decreto Ley 1123

Sustituye unidad monetaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6492 / 9058676.

Texto oficial

ARTICULO 6° Reemplázanse en los artículos 1.709°, 1.710° y 1.711° del Código Civil las expresiones "veinte centésimos de escudo" por "dos unidades tributarias".