Texto oficial
Artículo 14°- Las disposiciones de los artículos 22,
25, 32 y 33 del decreto ley N° 249, de 1974, serán
aplicables respecto de las nuevas ubicaciones fijadas en
este cuerpo legal.
Sustituye, a contar de la fecha que señala, la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que indica
idNorma: 6496 · idParte: 9030416