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Artículo 3 del Decreto Ley 1131

Modifica decreto ley n° 456, de 1974, y dicta normas sobre subvenciones a colegios particulares

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6498 / 8990454.

Texto oficial

Artículo 3°- Los beneficios económicos otorgados por el presente decreto ley regirán a contar de la iniciación del año escolar 1975.